El Ministerio para la Transición Ecológica ha abierto a información pública el proyecto de Real Decreto por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero y se deroga el Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre.
Así, el proyecto normativo se pone a disposición de los interesados hasta el próximo 6 de octubre de 2019 a efectos de recabar su opinión respecto de su contenido.
Las principales modificaciones introducidas en el presente proyecto de real decreto, tras el periodo de consulta previa, son las siguientes:
- Reforzar la obligación de tratamiento previo de los residuos, especificando el alcance de lo que debe entenderse por tratamiento previo para el caso de los residuos municipales y establecer criterios que permitan valorar la eficiencia del tratamiento previo de los mismos, emplazándose a un posterior desarrollo mediante orden ministerial.
- Incorporar, en el contexto del impulso al tránsito a la economía circular, los objetivos de reducción del vertido de residuos municipales que se establecen en la Directiva (UE) 2018/850.
- Prever la elaboración de una relación de residuos que no se aceptarán en vertedero por tratarse de residuos aptos para el reciclado u otro tipo de valorización, compromiso que se plasmará en una orden ministerial antes del año 2023.
- Incorporar la prohibición de diluir o mezclar residuos con la finalidad de cumplir con los criterios de admisión de residuos en vertedero. Dicha prohibición no fue transpuesta al RD 1481/2011, de 27 de diciembre, habiéndose detectado la existencia de este tipo de prácticas en los últimos años y resultando del todo necesario su pronta erradicación.
- Exigir al productor de residuos la obligación de suministrar a la entidad explotadora del vertedero información adecuada sobre los residuos, así como sobre el tratamiento previo a que han sido sometidos.
- Establecer las normas de cálculo de los objetivos de vertido, que comprende en un anexo específico tanto las reglas de cálculo como los mecanismos de control de la calidad y trazabilidad de los datos que han de emplearse para el cálculo de dichos objetivos.
- Fijar adecuadamente el régimen de los costes de vertido, contabilizando la totalidad de los costes directos, indirectos y aquellos que se puedan producir en el dilatado periodo de tiempo postclausura. Dentro de los costes indirectos, se han contabilizado aquellos ligados a la emisión de gases de efecto invernadero procedentes de los vertederos y que se calcularán conforme a un anexo específico.
- Establecer la utilización por parte de las administraciones competentes de los instrumentos económicos para incentivar la aplicación del principio de jerarquía de residuos y la promoción de la economía circular. Las cantidades que se recauden con cargo a dichos instrumentos económicos tendrán un carácter finalista.
- Eliminar la posibilidad de devoluciones anticipadas de fianzas o garantías financieras con las que hacer frente a los costes de vigilancia y mantenimiento en el periodo postclausura.
- Reforzar el régimen de las inspecciones periódicas de las instalaciones de vertido por parte de las autoridades competentes, detallando en un anexo específico el alcance y la periodicidad mínimos de las inspecciones.
El proyecto de RD así como el formulario para realizar comentarios y valoraciones están ya disponibles en la web del MITECO.