Cuando las medidas objeto de la normativa de residuos a nivel europeo tienen como finalidad efectuar la transición a una economía circular y garantizar la competitividad de la Unión a largo plazo, sorprende que el legislador de la UE todavía no haya establecido una definición legal de economía circular.
Este vacío, sin embargo, podría quedar superado si se aprueba la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles, en cuyo artículo 2.1.g) se define “economía circular” del siguiente modo:
“el mantenimiento del valor de los productos, materiales y recursos en la economía durante el mayor tiempo posible y la minimización de los residuos, en su caso mediante la aplicación de la jerarquía de residuos establecida en el artículo 4 de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo”.
Terraqui nos lo cuenta todo sobre esta iniciativa legislativa de la CE en el siguiente post: Primer intento normativo de la UE de definición legal de la Economía Circular